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Por una Reforma Laboral que promueva el desarrollo con bienestar

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Estamos en la antesala de reformas de trascendencia histórica en materia laboral.

Estas reformas, que incluyen legislar las modificaciones hechas al artículo 107 y 123 constitucional en materia de Justicia Laboral, acompañar la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, y modificar la Ley Federal del Trabajo derivado del Capítulo 23 Laboral del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), tendrán un impacto equiparable a lo que en su momento tuvo la expedición de la primer Ley Federal del Trabajo.

Ante la relevancia que estas reformas tendrán en el sector productivo, COPARMEX exige que cualquier adecuación a la legislación laboral, sea ampliamente consultada con todos los actores del mundo del trabajo, especialmente el sector empresarial.

Tenemos la certeza de que, solo mediante la adecuada participación de las organizaciones representativas de trabajadores y patrones, se podrán generar adecuaciones legales que permitan modernizar la legislación laboral, y con ello, incentivar la inversión, la creación de más puestos de trabajo, y reducir la informalidad que ha afectado el crecimiento económico del País.

Es imprescindible se revise la legislación en materia de justicia laboral, derecho de sindicación y derecho de negociación colectiva.

  1. Justicia Laboral.

En materia de justicia laboral, en COPARMEX consideramos de particular importancia el diseño institucional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en materias de alta relevancia y que debe de ser sea autónomo.

La autonomía es crítica pues este organismo se encargará de la conciliación de asuntos individuales y colectivos en materia federal, así como del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales.

Los responsables de estas tareas no deben depender directamente del Poder Ejecutivo, y por el contrario deben de responder a un órgano consultivo con la participación de las organizaciones sindicales y de empleadores.

Así mismo, la reforma debe contener mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión, un aspecto que afecta fuertemente la capacidad del sector productivo para generar fuentes de empleo. Para ello, la Ley Federal del Trabajo debe ser explícita y contundente en la exigencia de que los sindicatos prueben su representatividad.

Es de gran relevancia encontrar mecanismos para sancionar a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales o incumplimiento de obligaciones patronales.

Es fundamental que se evite en la nueva legislación, paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes.

Acorde a la evolución mundial, deben abandonarse modelos de huelga de principios del Siglo XX, para que las huelgas ya no sean invasivas y que las impulsen la mayoría de los trabajadores y no un grupo minoritario.

De igual manera resulta imprescindible establecer con exhaustividad, que las revisiones contractuales colectivas las titule quien tenga la mayoría de la representación de los trabajadores al servicio del patrón, de forma simplificada y con requisitos menos onerosos.

En el caso de procesos laborales individuales, es indispensable contar con un nuevo procedimiento, cuya conciliación previa sea eficaz para disminuir los juicios laborales, garantizando que éstos sean justos, equitativos y transparentes.

En este ámbito, al eliminarse la reversión de la carga probatoria derivada del ofrecimiento de trabajo, debe de suprimirse definitivamente la obligación de entregar un aviso de rescisión, para que los patrones puedan tener la oportunidad de defenderse, cuando se les impute que han despedido injustificadamente a un trabajador.

  1. Derecho de sindicación.

En materia de derecho de sindicación y de negociación colectiva, es imprescindible desarrollar en la ley, un mecanismo que impida la “atomización”, es decir la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis.

Evitarla es importante pues, como se ha observado en distintos países latinoamericanos que han ratificado el Convenio 98 de la OIT, negociar con grupos diferentes al interior de una misma empresa, no solo impacta negativamente la productividad, sino que debilita a los propios sindicatos.

Más aún, la mala interpretación del Convenio 98 puede provocar sobreprotección a líderes sindicales con fuero, al punto en el que los patrones se vuelven incapaces de actuar cuando incurren en actividades indebidas.

  1. Negociación colectiva.

En el Anexo 23-A del Capítulo Laboral del T-MEC, México se comprometió que en las futuras revisiones salariales y de condiciones laborales, todos los contratos colectivos existentes incluyan apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores cubiertos por dichos contratos.

El cumplimiento de dicha obligación internacional, debe satisfacerse con una regulación adecuada en la Ley Federal del Trabajo, a fin de que las revisiones de contratos colectivos de trabajo no sean demoradas y tortuosas, conciliándose el T-MEC, con la debida agilidad de las negociaciones laborales.

Ello podría ser logrado, facilitando que previamente a la negociación, los trabajadores con su voto personal, libre y secreto, autoricen a las comisiones revisoras y a los dirigentes sindicales para que negocien y pacten en su nombre.

El Gobierno Federal que iniciará funciones a partir del 1 de diciembre, a través de las personas que han sido nominadas por el Presidente Electo para hacerse cargo de las dependencias responsables de la política laboral, deben conducir una negociación exhaustiva con las organizaciones de trabajadores y patrones, para lograr que la iniciativa de ley que se presente al Congreso de la Unión, cuente con el respaldo de los factores de la producción.

Del mismo modo, y ante este momento de trascendentes reformas, COPARMEX hace un llamado a los legisladores federales, a discutir de forma amplia, pública y con todas las fuerzas políticas la reforma laboral, considerando la relevancia de las implicaciones en la planta productiva.

Lo que está en juego es la certidumbre y la competitividad laboral de México, y con ello, la posibilidad de que el País pueda generar los empleos que necesita su población, para acceder a niveles crecientes de bienestar.

Muchas gracias,

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