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Inconstitucional decreto aprobado por el congreso que amplía el periodo del Presidente de la SCJN

  • Vulnera la división de Poderes y violenta los artículos 97 y 100 de la Constitución
  • La aprobación de estas reformas pone en riesgo, la autonomía de Poderes 

La reciente aprobación del transitorio décimo tercero de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) que amplía los periodos de los encargos de quienes integran el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), es inconstitucional ya que viola el artículo 97 de la Constitución en el que se establece que “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”.

Asimismo, viola el artículo 100 de la Constitución en el que se establece que “Salvo el Presidente del Consejo, los demás Consejeros durarán cinco años en su cargo, serán sustituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo período.”

El argumento principal de la propuesta realizada por el senador del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) Raúl Bolaños, y aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados, es que con la ampliación del encargo de quienes integran el consejo, se podrán instrumentar con éxito las complejidades de la reforma al Poder Judicial que debe asegurarse que el órgano encargado de su aplicación tenga el tiempo y continuidad necesarios para efectuar los cambios que la Constitución y las leyes imponen.

Por lo anterior, desde la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) reiteramos que existe una gravísima y contundente inconstitucionalidad en la propuesta de adición, poniendo en riesgo la autonomía de Poderes, ya que en el mismo sentido el artículo 100, párrafo quinto de la Constitución precisa tácitamente que la duración del presidente del Consejo es de cuatro años.

Esta aprobación de una ley que incumple lo establecido en la Carta Magna, mina la división e independencia de los Poderes en nuestro país.

La adición al artículo transitorio, con el que quedó aprobado el proyecto de decreto por el que se expide la LOPJF y la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, también establece que los consejeros de la Judicatura Federal nombrados por el Alto Tribunal, así como los designados por el Senado y el Presidente, terminarán su encargo hasta el 2026.

Creemos que esta propuesta, su aprobación en el Senado y su validación en la Cámara de Diputados, vulnera la Constitución y atenta contra la División de Poderes, pues no se debe, mediante argucias inconstitucionales e ilegales, ampliar el periodo de desempeño de los cargos a los que la propia Carta Magna les señala, ex profeso, una duración específica.

Desde Coparmex nos pronunciamos por el respeto al Estado de Derecho y a la Constitución de nuestro País, que es fundamental para el desarrollo económico, social y político de una democracia.


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