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Implementación de la Reforma Laboral.

Artículo escrito por: Lorenzo Roel Hernández, Consejero Delegado para Asuntos OIT-OIE de Coparmex, vía El Heraldo de México.

El pasado 3 de octubre la Ciudad de México y 10 entidades federativas más se sumaron a la tercera y última fase de la implementación de la Reforma Laboral en Materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva que se publicó desde el 1 de mayo de 2019.

Por eso a partir del 3 de octubre, iniciaron actividades los Centros Locales de Conciliación, las delegaciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y los Tribunales Laborales Locales y Federales en los Estados de Chihuahua, Ciudad de México,
Coahuila, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora Tamaulipas y Yucatán, y los Centros Locales de Conciliación y los Tribunales Laborales Locales de los Estados de Baja California Sur y Guerrero. Esto motivó que las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje y Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje de las primeras dejaron de recibir nuevas demandas, lo que también ocurrió en las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje de los Estados de Baja California Sur y Guerrero, aunque seguirán el trámite hasta su terminación los juicios que se iniciaron con anterioridad al 3 de octubre.

Sin embargo para que la implementación de la Reforma Laboral, cumpla con su cometido los Centros de Conciliación y las Delegaciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral tienen que cumplir uno de los retos en los que se basó la reforma, que es el de lograr que se concilien por lo menos el 70% de las quejas que presenten los trabajadores, dentro de los 45 días que establece la Ley Federal del Trabajo, para cada procedimiento de conciliación, y los procedimientos en los Tribunales Laborales deberán resolver los juicios en un período máximo de seis meses. Desafortunadamente ambas metas se ven difícil de cumplir.

Las principales quejas en el sector empleador es que la atención en un número importante de los procesos de conciliación no se fija de manera expedita, y que los procesos de conciliación no se celebran con la imparcialidad, eficacia y profesionalismo que establece la Constitución, lo que dificulta la celebración de acuerdos, además de que es común que la atención tanto para que reciban a las partes involucradas en una cita programada para conciliar, como para la ratificación de convenios, se extiendan de una y hasta cuatro horas de espera.

Por ello el gobierno de la Ciudad de México y los gobiernos de las demás entidades federativas, tienen que redoblar esfuerzos tanto para ampliar los presupuestos destinados a los Centros de Conciliación, que les permita contratar más personal y para otorgar capacitación a sus funcionarios. Si no se atiende oportunamente esta necesidad, no se cumplirá con el porcentaje del 70% de conciliaciones, que se requieren para evitar que se saturen los tribunales laborales, lo que implicaría que la entidad que no logre el número suficiente de conciliaciones, tenga que incrementar el número de tribunales laborales, ya que de no hacerlo el modelo de justicia laboral no funcionará.

Por eso es muy importante que el Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, verifique si la información y estadística que recibe de las entidades federativas se apega a la realidad. Para ello podría generar una unidad que reciba comentarios, quejas o denuncias, y generar un diálogo tanto con el sector empleador, con el sector obrero y con los colegios de abogados, que le permita conocer como están funcionando los procesos, y así pueda realizar las acciones de coordinación necesarias para que se atiendan en forma oportuna las carencias o deficiencias, que permitan que el Nuevo Modelo de Justicia Laboral, cumpla con su cometido, permitiendo que trabajadores y empleadores, sin intereses de terceros, tengan la oportunidad de llegar a acuerdos conciliatorios y que los juicios se resuelvan con prontitud.

#OpiniónCoparmex.

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