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La Ley Federal del Trabajo: Reforma inconclusa

I.- Preámbulo

El pasado 2 de mayo entró en vigor el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de diversos ordenamientos relacionados, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva.

A lo largo del proceso legislativo que culminó con la aprobación de esa reforma, COPARMEX en representación del sector patronal expresó su interés en que el nuevo marco normativo asegure la competitividad, sostenibilidad, sustentabilidad y estabilidad de las empresas, y contribuya a generar condiciones propias para la inversión.

Sin embargo, en dicha reforma no fueron incluidos puntos sensibles planteados por COPARMEX y por todo el sector patronal a los legisladores de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, temas que fueron apoyados por diferentes grupos parlamentarios con la presentación de diversas reservas durante su discusión en el Pleno de la Cámara de Senadores.

Tales propuestas se enfocan a evitar que los procesos administrativos y jurisdiccionales generen alto impacto a los trabajadores, vulneren los convenios internacionales y afecten la buena marcha de las empresas, sobre todo a las micro, pequeñas y medianas, que representan más del 90% del mercado laboral mexicano.

Por acuerdo de las Comisiones Unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana, y de Trabajo y Previsión Social del Senado, la Junta de Coordinación Política aprobó la realización de un ejercicio de Parlamento Abierto con el propósito de valorar opiniones de trabajadores, organizaciones sindicales, sector empresarial, organizaciones de la sociedad civil, institutos académicos de investigación, especialistas y de la ciudadanía en general interesados en la reforma.

Los días 23, 24 y 25 de julio se celebró el Parlamento Abierto, donde COPARMEX participó en las Mesas “Libre Sindicación y Negociación Colectiva” y “Aspectos a Considerar en la Justicia Laboral”, en las cuales fueron expuestos los 10 puntos considerados como prioritarios para el sector patronal que no se incluyeron en la reforma.

II.- Derecho Individual

COPARMEX expuso que era necesario revisar la obligación de los patrones de revertir la carga de la prueba al tener que acreditar un hecho negativo cuando un trabajador demande que fue despedido injustificadamente, dejando en estado de indefensión a los patrones al tener que probar hechos que no existieron, provocando que la mayoría de los juicios individuales sean de alto riesgo, principalmente para las micros, pequeñas y medianas empresas.

III.- Derecho Colectivo y de Sindicación

A.- Derechos de los Trabajadores

En la esfera de libre sindicación y negociación colectiva, se planteó que es necesario:

  • Tutelar el derecho de los trabajadores de pertenecer, no pertenecer, o dejar de estar afiliado a un sindicato, sin poner en riesgo los derechos laborales de los trabajadores.
  • Prohibir las cláusulas de inclusión y exclusión eliminando la posibilidad de sujetar el trabajo a la obligación de pertenecer a un sindicato.
  • Eliminar la modalidad de “voto directo” al no estar regulada en la Constitución Federal, ni en el anexo 23-A del T-MEC, y al ser contraria a los Convenios 87 y 98 de la OIT al prohibir que las decisiones, si así lo determinan los estatutos de un sindicato, puedan ejercerse con voto indirecto.

B.- Contrato Colectivo

  • Incluir que el procedimiento de consulta para hacer frente a las revisiones contractuales, sea conforme a lo que establezcan los estatutos de cada sindicato, garantizando que los trabajadores tengan la libertad de organizarse y ejercer sus derechos en el momento que lo consideren pertinente.
  • Eliminar la multiplicidad de contratos colectivos de trabajo en una fuente de trabajo para evitar poner en riesgo la estabilidad de las empresas.

C.- Procedimiento de Huelga

  • Regular que la prórroga del periodo de prehuelga se otorgue únicamente por acuerdo entre el sindicato y el patrón, y no de forma unilateral, con el fin de garantizar que se cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores.
  • Establecer que la mayoría de los trabajadores puedan acordar en una asamblea que se emplace o concluya un procedimiento de huelga, cumpliendo con los principios fundamentales de una verdadera democracia sindical.
  • Incluir la posibilidad de terminar una huelga por un acuerdo entre el patrón y la mayoría de los trabajadores.
  • Reducir de 60 a 15 días el plazo para calificar como legal el motivo de una huelga, debido a que un periodo tan extenso impactaría, principalmente, a los centros de trabajo de las micro, pequeñas y medianas empresas.

D.- Estabilidad en los Centros de Trabajo y sancionar las prácticas ilegales

  • Incorporar sanciones a quienes incurran en prácticas ilegales fuera de un procedimiento de huelga, tales como paros o cierres de accesos a centros de trabajo con el único fin de extorsionar a un patrón.

IV.- Otros temas.

En el Parlamento Abierto se trataron otros temas que no formaban parte de la Reforma como lo es la subcontratación, al respecto COPARMEX planteó que más que mejorar la regulación –que ya existe— es urgente que se ataquen las formas de subcontratación fraudulenta que perjudican al fisco, a la seguridad social, a los propios trabajadores y que provocan competencia desleal con quienes cumplen cabalmente todas sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social.

V.- Conclusiones

COPARMEX y el sector patronal exhortan al Senado a que en las conclusiones del Parlamento Abierto, se incluya que es necesario realizar las adecuaciones propuestas a la Ley Federal del Trabajo, que permitan que en el próximo periodo ordinario de sesiones se modifique, perfeccione y complemente la Reforma Laboral.

El sector patronal reitera su compromiso de contribuir a la construcción de un marco normativo que conserve los derechos de los trabajadores y elimine las malas prácticas que durante años han afectado tanto a trabajadores como a patrones a través del cumplimiento de compromisos internacionales derivados del T-MEC – publicado en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer (29 de julio)- , de los Convenios 87 y 98 así como del programa de trabajo decente de la Organización Internacional del Trabajo, a través de un diálogo social efectivo entre trabajadores y empleadores.

Estamos a tiempo de rectificar. No corramos el riesgo de transitar a un marco regulatorio que podría trastocar la paz laboral, afectar la competitividad, y volver tortuoso, lento y perjudicial nuestro sistema de justicia laboral.

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