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Preocupa a Coparmex acuerdo de la CRE que limita trámites a particulares.

  • El proyecto publicado en el DOF genera cuellos de botella en procesos ingresados por el sector energético.
  • Se incluyen elementos que limitan la atención de trámites por cantidad y por solicitante cada mes.

A través de la #AlertaRegulatoria, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), detectó que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) aprobó de manera expedita, un anteproyecto enviado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que limita la recepción de trámites de particulares y posibilita que la dependencia pueda atender solicitudes del sector energético hasta con tres años de retraso.

El llamado “ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE SE REANUDAN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES DE MANERA ORDENADA Y ESCALONADA, QUE MODIFICA EL DIVERSO A/001/2021 MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES, COMO MEDIDA DE PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS COVID-19”, fue recibido y aprobado por la CONAMER el 21 de febrero y publicado por la CRE el 28 de febrero del 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su implementación.

El acuerdo exentado por la CONAMER del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) y del proceso de consulta pública, establece que la CRE sólo podrá recibir por mes, una solicitud por persona física o moral asignará únicamente 50 folios en materia de hidrocarburos en total para todo el sector, 15 en electricidad y 120 en pre registros, sin especificar de manera clara y transparente los motivos para limitar dichos espacios.

Asimismo, tampoco establece con claridad el procedimiento de asignación de folios y los periodos para la resolución de trámites, situación que dificultará la operación de los miembros regulados del sector, así como el potencial cumplimiento de medidas y obligaciones que requiere la misma Comisión.

Es importante mencionar que dicho acuerdo limita a los particulares, sin fundamento legal alguno, en cuanto al número de solicitudes mensuales, permisos, modificaciones de permisos y actualizaciones de permisos que los mismos pueden ingresar ante la Comisión.

Además, no se fija un plazo o término para que la autoridad defina la situación determinada que involucra al permisionario, pues estaría dejando en un grado de incertidumbre a los gobernados respecto al alcance de las facultades ejercidas por la autoridad.

Desde COPARMEX expresamos nuestra preocupación, pero sobre todo nuestro desacuerdo con esta determinación, debido a que dentro de las medidas previstas se incluyen elementos que limitan la atención de trámites por cantidad y por solicitante cada mes, con las consecuentes implicaciones que este acuerdo tendrá no solamente para el Sector Energético, sino también para la economía nacional del país.

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