- Se ha generado incertidumbre acerca de cómo se asegurará la calidad en la atención a la salud.
- Pugnamos para que no se tomen decisiones discrecionales, sino que se privilegie el diálogo, se alcance el consenso, se ponga por encima de cualquier interés el bienestar de la población, la atención de calidad y se trabaje hacia la actualización de las NOM y no necesariamente su cancelación.
Desde la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hacemos un llamado a las autoridades sanitarias para que convoquen a sesión a los especialistas que conforman el CCNN (Comité Consultivo Nacional de Normalización) con el objetivo de evaluar y determinar la viabilidad de la propuesta de eliminar 35 Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) en materia de salud pública.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 01 de junio de 2023, la Secretaría de Salud, a través del Comité de Normalización y Salud Pública, registró la propuesta de suprimir NOMs que tienen como finalidad estandarizar la atención a personas con distintos padecimientos, además de la intoxicación por picadura de alacrán, sobrepeso y obesidad, así como apoyo a la lactancia materna, entre otras.
En ese sentido, reiteramos la importancia de que el CCNN sesione, pues sólo así se podrá establecer con claridad si las normas deben ser actualizadas o anuladas, en cuyo caso, el mismo Comité deberá fijar los criterios de diagnóstico y atención a los padecimientos específicos de cada norma.
Confiamos en que en el seno del CCNN, en el que convergen órganos colegiados multisectoriales, se privilegie el diálogo, se alcance el consenso, se ponga por encima de cualquier interés el bienestar de la población, la atención de calidad y se trabaje hacia la actualización de las NOM-041-SSA2-2011, NOM-014-SSA2-1994, NOM-048-SSA2-2010, NOM-015-SSA2-2010 cuyo objeto es la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, del cáncer cervicouterino, del crecimiento prostático benigno y de la diabetes mellitus, respectivamente.
Es importante tener claro que la sola publicación no supone una cancelación definitiva, por lo que la propuesta se debe someter a consideración del Comité, que conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, establece los supuestos para que una norma pueda ser eliminada. Esto, con su correspondiente justificación, y una vez que se cuenta con su aprobación, se procede a emitir un aviso que se debe publicar en el DOF, debidamente fundado y motivado.
Nos sumamos a la convocatoria al diálogo que hiciera el movimiento “Juntos Contra el Cáncer” y los Colegios Médicos; consideramos que la salud de la población debe ser prioridad en la elaboración de políticas, programas y normas. Nos pronunciamos por dar continuidad a la participación de especialistas en la elaboración de NOMs, pues ello asegura que, en el sector público y privado, se procure una atención homogénea y de calidad en todos los centros de salud, tal como lo proponemos desde Coparmex en el Modelo de Desarrollo Inclusivo (MDI).