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En discusión sobre la LIE, pide COPARMEX a la SCJN que su resolución sea consistente con el texto vigente de la Constitución y del T-MEC

  • Deben Ministros evitar validar reformas a leyes secundarias en materia eléctrica que son contrarias al texto vigente de la Carta Magna, así como al Tratado con EU y Canadá
  • Hay un precedente relevante y es que la SCJN ya definió la inconstitucionalidad del decreto eléctrico.

Ante la eventual discusión sobre la inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desde la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) estaremos atentos y hacemos un llamado al Máximo Tribunal Constitucional a basar su definición en el texto establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá, T-MEC.

En esta discusión de gran relevancia para el país por el impacto de la LIE en los ámbitos económico, social y de salud, en Coparmex pedimos a los Ministros que honren su juramento de cumplir y hacer cumplir lo que manda la Constitución y eviten validar reformas a las leyes secundarias en materia eléctrica que son contrarias al texto vigente de nuestra Carta Magna.

El observatorio ciudadano “Guardianes de la Constitución”, en el que participa Coparmex, reitera que la LIE es claramente inconstitucional, pues atenta contra la libre competencia, afecta el cumplimiento de los tratados internacionales contraídos por México en materia económica y ambiental e introduce incertidumbre jurídica a las inversiones, por lo que los ministros deben analizar y determinar su posición con estricto apego al texto vigente de la Constitución.

Hay un precedente relevante y es que la SCJN ya definió la inconstitucionalidad del decreto eléctrico.

Lo hizo cuando analizó el primer intento del Ejecutivo Federal para modificar las reglas de la industria eléctrica, es decir, el Acuerdo publicado por la Secretaría de Energía en mayo de 2020, para establecer la “Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional”.

La Cofece presentó una controversia constitucional contra ese Acuerdo y por ello en febrero de 2021 la Segunda Sala de la SCJN, con cuatro votos a favor y uno en contra de la Ministra Yasmin Esquivel invalidó 22 disposiciones esenciales de ese acuerdo, al considerar que se invadían facultades de la Cofece, no se garantizaba el derecho a la libre competencia y se otorgaban ventajas a la CFE.

El 1 de noviembre de 2021, la misma segunda sala de la SCJN dictó su sentencia definitiva de inconstitucionalidad de la Política de Confiabilidad del sistema eléctrico, al considerar que violaba las reglas de libre competencia y concurrencia económica.

En ese sentido, reiteramos el llamado a los Ministros de la SCJN para que en el análisis que se presume llevarán a cabo la semana que inicia el 04 de abril, actúen conforme a su compromiso de hacer cumplir la Constitución, no cedan a las presiones políticas y eviten poner en entredicho la autonomía, legalidad y transparencia del Máximo Tribunal de nuestro país, pues eso atentaría contra la sana división de poderes y el Estado de Derecho.

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