En la Confederación Patronal de la República Mexicana respaldamos las políticas públicas para combatir frontalmente todas las formas de ilegalidad, especialmente la delincuencia organizada.
Históricamente hemos acompañado iniciativas de los distintos grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión, que han tenido como objetivo principal crear nuevas instituciones y aprobar leyes, tendientes a inhibir los delitos y castigar ejemplarmente a quienes violen la Ley.
El texto de la Ley Nacional de Extinción de Dominio realizada en el periodo extraordinario de sesiones en la Cámara de Diputados el pasado 25 de julio, violenta uno de los principios más importantes en nuestra Carta Magna que es la presunción de inocencia y pone en riesgo uno de los derechos fundamentales de todo individuo: el respeto a la propiedad privada.
El Gobierno Federal ha dejado claro que enfrentar la delincuencia y combatir la corrupción está en sus prioridades. Nuestro respaldo en esos propósitos.
Sin embargo, esas tareas no deben soportarse en leyes que impliquen un riesgo latente en contra de los derechos humanos, al ignorar la presunción de inocencia, y dejar vulnerable la propiedad privada.
Al establecerse en la Ley Nacional de Extinción de Dominio la desposesión e incluso la venta anticipada de bienes de propiedad de personas presuntamente involucradas en actos ilícitos, aunado a la ampliación exponencial de las conductas que podrían justificar tal medida sin que exista una sentencia condenatoria, se genera un grave riesgo de vulnerar el debido proceso.
En la normatividad hasta hoy vigente, la extinción de dominio se limitaba exclusivamente a delitos relacionados con el narcotráfico y el crimen organizado, sin embargo, con la legislación aprobada por las Cámaras, el número de nuevos tipos penales que podrían detonar la extinción de dominio aumentaría de 5 hasta llegar a 245.
De esta manera, se crea el riesgo de situaciones donde el gobierno pueda quitarle la propiedad a ciudadanos de buena fe, en casos tan simples, como cuando se presenten faltas administrativas relacionadas con la violación o remoción de sellos de clausura en establecimientos mercantiles, que podrán ser tipificados y aplicables a esta figura, aún cuando dicha falta haya sido cometida por terceros y no por el dueño de un bien inmueble objeto de algún proceso penal.
La extinción de dominio está diseñada para combatir el poderío económico de la delincuencia organizada, no para crear incertidumbre a los ciudadanos expuestos a una conducta errónea, excesiva o represiva del Estado.
Por ello, consideramos excesivo que se faculte al Gobierno a expoliar bienes sin que medie la sentencia de un Juez que determine la realización de conductas que puedan ameritar una acción de esa envergadura jurídica.
Las prácticas confiscarías, son propias de regímenes autocráticos. Nunca deben tener lugar en un Estado basado en el respeto a los derechos fundamentales y en la democracia.
Dado que la Ley Nacional de Extinción de Dominio ya fue aprobada en ambas Cámaras del Congreso de la Unión, la Coparmex hace un llamado al Presidente de la República, para que haga uso de la facultad que le confiere la Constitución Política, y realice las observaciones pertinentes a esta Ley, es decir, que ejerza el derecho de veto, acotando los tipos penales al crimen organizado y narcotráfico, y a que, en cualquier caso, haya una sentencia condenatoria dictada por un juez para proceder a la extinción de dominio.
La formulación de observaciones por parte del Presidente, permitiría devolver a las comisiones dictaminadoras la iniciativa, a fin de ajustar esta herramienta, dotándola de los candados necesarios que permitan una correcta implementación de la Ley, eliminando la incertidumbre jurídica y el riesgo de actos arbitrarios que pudieran afectar a los ciudadanos de bien.
El Presidente de la República, debe ejercer su derecho de veto.
Hacerlo no implica una práctica antidemocrática, pues está previsto en la Constitución, como un proceso formal de la responsabilidad compartida del Poder Ejecutivo y el Legislativo, en la formación de leyes justas.
La persecución de los delitos y el combate al crimen organizado, no deben deteriorar la seguridad jurídica de los ciudadanos.
Las leyes deben asegurar, que cualquier gobierno o funcionario garantice, hasta al más severo crítico, la tutela de sus derechos y el respeto a su patrimonio.
El veto del Presidente hacia una ley carente de salvaguardas para el principio de presunción de inocencia y respeto a la propiedad, puede ser una señal clara y contundente de un compromiso inequívoco con la legalidad y el Estado de Derecho.
Por el bien del País, esperamos que así sea.