
Artículo de opinión escrito por Óscar de Jesús Martínez Treviño, Vicepresidente Nacional de Estado de Derecho, Justicia y Seguridad de Coparmex | Vía @altonivel X: @oscarmartinezt
Las naciones, como los seres humanos, son entes en constante construcción. No hay tal cosa como naciones plenamente exitosas o fallidas, como tampoco hay seres humanos absolutamente buenos o malos. Son las decisiones que tomamos cada día las que nos van haciendo cada vez más buenos y exitosos o, por el contrario, más equivocados y fallidos.
En este sentido, las decisiones que los países toman a lo largo del tiempo los hacen más o menos estables, más o menos seguros y, por lo tanto, más o menos propicios para un desarrollo sano e inclusivo. Por eso importan las decisiones que tomamos: porque cada una tiene consecuencias.
El pasado 6 de abril, nuestra Suprema Corte de Justicia tomó, por mayoría de votos, una decisión crucial que, desafortunadamente, impacta la seguridad jurídica de los mexicanos y debilita el Estado de Derecho.
La reciente resolución sostiene la legalidad del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP para congelar cuentas bancarias de particulares sin mediar orden judicial, cuando existan indicios de que están relacionadas con delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita u otros delitos asociados.
Por supuesto, nadie puede estar en contra de que las autoridades cuenten con facultades adecuadas para combatir delitos que tanto dañan al país. Sin embargo, resulta, por decir lo menos, una victoria pírrica que, para dotarlas de estos instrumentos, se haya tenido que sacrificar la seguridad jurídica establecida en el artículo 14 de nuestra Constitución, el cual señala con claridad que nadie puede ser privado de su libertad o de sus bienes sin un juicio previo.
El hecho de que la congelación de cuentas sea de carácter cautelar y exista la posibilidad de defensa “a posteriori” ofrece poco consuelo a quien resulte afectado por una medida de esta naturaleza. Sin recursos para defenderse y frente a un sistema de justicia lento, una medida supuestamente cautelar puede convertirse en un golpe definitivo para el afectado, incluso si es inocente.
Por ello, desde Coparmex sostenemos que la reciente decisión de la Suprema Corte no agota el debate; por el contrario, abre la oportunidad para que el Poder Legislativo y las autoridades regulatorias mejoren la norma vigente y logren un equilibrio: dotar a las autoridades de instrumentos eficaces sin sacrificar la seguridad jurídica de los ciudadanos.
Encontrar esta solución nos conviene a todos. Por ello, desde Coparmex proponemos: (i) definir con claridad los supuestos que justifican un bloqueo, mediante criterios objetivos y verificables; (ii) establecer un control judicial que valide la legalidad de la medida en un plazo máximo de seis horas, con negativa ficta en ausencia de resolución; (iii) garantizar un derecho de defensa oportuno y expedito al afectado; (iv) establecer un régimen de responsabilidad cuando existan afectaciones derivadas de actuaciones infundadas; y (v) asegurar la transparencia en el uso de estas facultades.
Encontrar un balance adecuado entre contar con autoridades debidamente facultadas para perseguir delitos y vivir en un país que garantice la seguridad jurídica es fundamental. De lo que hagamos hoy dependerá si el Estado de Derecho en México se fortalece o se debilita. Este no es un debate menor.
Más allá de ideologías o colores partidistas, sin un Estado de Derecho sólido no hay inversión, y sin inversión nuestro país seguirá lejos del desarrollo sostenible al que los mexicanos podemos y debemos aspirar. Por el bien de todos, defendamos el Estado de Derecho.



